Cambio de nombre colectivo trans*: nuevas noticias

Con la publicación en el BOE el 24 de octubre de 2018 de la Instrucción de 23 de octubre de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el cambio de nombre en el registro civil de personas transexuales, se ha facilitado el cambio de nombre a las personas trans* en España. 

Esta instrucción establece así las directrices de actuación para los encargados del Registro Civil cuando la persona solicite un nombre "correspondiente al sexo diferente al que resulta de la inscripción de nacimiento. 

Así, esta instrucción establece que en el caso de los mayores de edad o los menores emancipados se deberá atender su solicitud siempre que declare que "se siente del sexo correspondiente al nombre solicitado" y que no puede obtener el cambio de sexo por no cumplir los requisitos del artículo 4 de la ley 3/2007 (tener un diagnóstico de disforia de género y haber estado en tratamiento médico durante al menos dos años para "acomodar las características físicas al sexo solicitado")

En el caso de los menores, sus tutores legales podrán solicitar el cambio de nombre indicando en su solicitud que "siente como propio el sexo correspondiente al nombre solicitado". Para ello será necesaria la firma del menor si tiene más de 12 años o una declaración comprensible adaptada a su grado de madurez y a su edad en caso de que sea menor de esa edad. 

Poquito a poco...

Instrucción de 23 de octubre de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el cambio de nombre en el registro civil de personas transexuales


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